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2/09/2025

Los ciudadanos que no voten en las elecciones generales de 2025, y los miembros de las juntas receptoras que no cumplan con su labor, se exponen a las siguientes multas.


 #Elecciones2025 | Los ciudadanos que no voten en las elecciones generales de 2025, y los miembros de las juntas receptoras que no cumplan con su labor, se exponen a las siguientes multas.

Los ciudadanos que no voten en las elecciones generales de 2025, y los miembros de las juntas receptoras que no cumplan con su labor, se exponen a las siguientes multas.
Para las elecciones generales, que tendrán lugar el 9 de febrero de 2025, alrededor de 13,7 millones de ciudadanos están convocados a las urnas en Ecuador, un país donde el voto es obligatorio y su incumplimiento acarrea multas.
El voto es obligatorio para los ecuatorianos entre 18 y 65 años. Mientras que, para los adultos mayores y adolescentes, de más de 16 años, es facultativo, es decir, opcional.
La Ley Electoral sanciona no acudir a votar como una infracción. La multa por esta causa asciende al 10% de un Salario Básico Unificado (SBU), es decir, US 47.
Igual multa de USD 47 prevé la ley para los integrantes de las juntas receptoras del voto (JRV), si no participan de la capacitación que adelanta el Consejo Nacional Electoral (CNE). Para estos comicios fueron convocadas 287.534 personas para conformar las mesas.
Si a pesar de ser notificada, la persona no asiste a conformar su JRV, deberá pagar una multa equivalente al 15% del SBU, esto es, USD 70,50.
La infracción más grave que se puede cometer es abandonar la JRV en el desarrollo de los comicios. En este caso, la multa se dispara a entre el 11 y 20 SBU. Es decir, entre USD 5.170 y 9.400.
Si la multa no se cancela al CNE, el ciudadano sí puede votar, pero esta se acumulará para el siguiente proceso electoral.

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